
FUNCIONES DEL PERSONAL DE VIGILANCIA
El presente documento describe las
funciones y responsabilidades del personal de vigilancia,
las cuales deben servir de referencia para su desempeño en
el Conjunto Residencial Monteclaro Laguna.
1.
Generalidades.
a.
El personal de
Vigilancia de Monteclaro Laguna presta sus servicios de
seguridad mediante funciones de control y disuasión, en
jornadas diurnas y nocturnas de lunes a domingo de acuerdo
con las disposiciones establecidas por la Junta de
Condominio.
b. De igual manera, el dispositivo del personal de vigilancia para el cabal cumplimiento de sus está conformado por de diez (10) oficiales de seguridad
distribuidos de la siguiente manera:
1)
Un (1) Oficial de Seguridad
Supervisor.
2)
Un (1) Oficial de Seguridad
disponible para cubrir permisos y/o
vacaciones.
3) Dos (2) Grupos de Guardia de Cuatro (4) Oficiales de Seguridad en cada uno a saber:
a) Un (1) Oficial de Seguridad
Jefe de Grupo.
b) Dos (2) Oficiales de Seguridad, los cuales estarán distribuidos uno (1) en la Caseta de Vigilancia Nº 1 (Entrada El Laurel) y uno (1) en la Caseta de
Vigilancia Nº 2 (Entrada frente a Monteclaro Villas).
c) Un (1) Oficial de Seguridad disponible a la orden del Jefe de Grupo (Se utilizará para reforzar la Caseta de Vigilancia Nº 2 en horas pico, revista
interna, cubrir vacaciones, indisponibilidades de los
Oficiales de Seguridad y acompañamiento a vehículos que
trasladan material y mudanzas).
c.
Para propósitos de control de ingreso, el Conjunto
Residencial cuenta con:
1) Dos (2) Casetas de Vigilancia o Garitas (La Nº 1 ubicada en la entrada El Laurel y la Nº 2 ubicada en la entrada de Monteclaro Villas), las cuales son
controladas por el Personal de Vigilancia.
2) Dos (2) Sistemas de Balancines Electrónicos en cada una de las Casetas de Vigilancia o Gaitas, los cuales son controlados automáticamente
por las tarjetas de acceso y excepcionalmente por el personal de vigilancia. Se debe destacar que el mencionado Sistema de Balancines
Electrónicos funciona mediante el uso de una tarjeta de identificación inteligente, la cual es personalizada con los datos del propietario y
que al colocarla frente al lector de proximidad abre la barra electrónica o balancín. Asimismo, el software del sistema permite tener un control
confiable mediante la captura de
datos del propietario o visitante, creando un expediente
electrónico del mismo que incluye datos y fotografía.
d. El Oficial Supervisor de Vigilancia dispone de dos (2) Carpetas a saber:
1) Carpeta
de Novedades del Servicio de Vigilancia.
2) Carpeta del Rol de Guardia del personal de vigilancia.
e. Las Casetas de Vigilancia o Garitas Nº 1 y Nº 2 disponen de cuatro (4) Carpetas a saber:
1) Carpeta de Registro de Propietarios y/o Residentes.
2) Carpeta de Registro de Personal de Contratistas y Obreros.
3) Carpeta de Registro de Personal Doméstico.
4) Carpeta de Control de Acceso de visitantes (familiares y/o amigos), motorizados escoltas, taxistas contratados, proveedores de servicios y
vehículos que trasladan
material, enseres domésticos o mudanzas desde o hacia las
viviendas.
2.
Funciones.
Tendrá las siguientes responsabilidades:
1) Será responsable de
ejercer la supervisión, distribución y
control de todo el personal de vigilancia.
2) Será responsable de
elaborar el Rol de Guardia Mensual y hacerlo firmar por el
Gerente de Campo.
3) Velar por el cumplimiento de las funciones del personal de vigilancia de acuerdo a lo establecido en las “Normas de Seguridad de Monteclaro
Laguna”, así
como de otras instrucciones permanentes o transitorias,
emanadas de la Junta de Condominio o del Comité de
Seguridad.
4) Supervisar el
buen estado de presentación y limpieza las áreas asignadas
como son el dormitorio y las Casetas de Vigilancia o
Garitas.
5) Recibir información del personal a su cargo sobre cualquier irregularidad en el servicio.
6) Informará la ocurrencia de novedades al
Gerente de Campo y al Presidente de la Junta de Condominio.
7) Elaborar
procedimientos de cómo actuar en casos específicos o
emergencia.
8 ) Mantener un registro completo y actualizado, donde aparezcan los nombres y teléfonos de los responsables con los que debe comunicarse en caso de
emergencia.
9) Ante cualquier irregularidad detectada en el servicio, efectuará las llamadas necesarias que el caso amerite, debiendo elaborar un reporta escrito
para la Gerencia de Campo y el
Presidente de la Junta de Condominio.
10) Al registrar cualquier incidente o evento dentro del Conjunto Residencial dejar constancia detallada por escrito, debiendo elaborar un reporta escrito
para la Gerencia de Campo y el Presidente de la Junta de Condominio. Tratar de ser claro, preciso y minucioso en la explicación de los datos
importantes. No olvidar que el registro de incidentes y los reportes constituyen documentos legales de alto valor jurídico De ahí la necesidad de
redactarlos con corrección.
11) Recorrerá en vehículo automotor todas las vías de acceso
de las áreas bajo su responsabilidad.
12) Velar por mantener y actualizar las Carpetas de Registro
en cada Caseta de Vigilancia o Garitas.
13) Instruir y motivar
al personal bajo su mando para desempeñar la actividad de
vigilancia.
14) Convocar a reuniones periódicas con el personal bajo su mando para analizar el desempeño de todos los miembros del equipo, analizar sugerencias,
formular críticas y revisar procedimientos.
15) Aplicar
ejemplarmente las medidas disciplinarias que se necesiten,
dejando constancia, de manera detallada, de la causa que
motivó la sanción.
16) Cada vez que se reemplace a un Oficial de Seguridad, debe dedicarle el tiempo necesario a orientar al nuevo vigilante para que rápidamente esté en
condiciones de realizar su trabajo.
17) Otras a criterio de la Junta de Condominio o del Comité
de Seguridad.
b.
El Oficial Jefe de Grupo de
Vigilancia.
Tendrá las siguientes responsabilidades:
1) Será responsable de
todo el personal de vigilancia adscrito a su Grupo de
Vigilancia.
2) Será responsable de la buena presentación del personal de vigilantes adscritos a su Grupo de Vigilancia, velando que estén correctamente
uniformados, aseados y con el equipo asignado por la
Cooperativa de Vigilancia.
3) Será responsable de la orientación del personal de vigilantes adscrito a su Grupo de Vigilancia para que tengan el trato atento y cortés con las
personas en general, así como el uso correcto del
vocabulario.
4) Será responsable del cumplimiento estricto del personal de vigilantes adscrito a su Grupo de Vigilancia del procedimiento para el ingreso de personal
y material al Conjunto Residencial descrito en las “Normas de Seguridad de Monteclaro Laguna”, así como de otras instrucciones permanentes
o transitorias, emanadas del Supervisor de
Vigilancia, la Junta de Condominio o del Comité de
Seguridad.
5) Será responsable del cumplimiento del Rol de Guardia por parte del personal de vigilantes adscrito a su Grupo de Vigilancia y que el mismo esté
completo en cada una de las Casetas de Vigilancia o Garitas,
con el equipo y material necesario para la prestación de
servicio.
6) Será responsable de controlar los equipos radiotransmisores, correajes, ponchos, linternas, chalecos reflectivos viales para uso nocturno, gas
paralizante y cualquier otro equipo o implemento que la Gerencia de Campo asigne al personal de vigilantes para el cumplimiento de sus funciones,
así como la orientación constante
sobre las medidas de seguridad para evitar accidentes.
7) Será responsable del buen estado de funcionamiento y operatividad del vehículo asignado por La Cooperativa para el patrullaje dentro del Conjunto
Residencial Monteclaro Laguna.
8) Será responsable de mantener en buen estado de presentación y limpieza las áreas asignadas como son el dormitorio y las Casetas de Vigilancia
o Garitas.
9) Informará
la ocurrencia de novedades al Supervisor de Vigilancia.
10) Será responsable de acompañar a empresas prestadoras de servicio y transporte de materiales hasta la vivienda de los propietarios y residentes,
durante el ingreso y egreso al Conjunto Residencial. En caso de no poder realizarlo, designará al Oficial de Seguridad disponible o a uno de los
Oficiales de Seguridad de la Caseta de Vigilancia o Garita
Nº 2.
11) Será responsable de efectuar el chequeo correspondiente para que el personal de visitantes, empresas prestadoras de servicios, transporte
de materiales en general, obreros, contratistas y personal doméstico, se encuentre en las viviendas indicadas a la vigilancia al momento de
su ingreso al Conjunto Residencial y que corresponda
con la información señalada en el libro o lista de personas
autorizadas.
12) Será responsable de cerrar el portón metálico ubicado inmediatamente después de las barras electrónicas en la salida hacia El Laurel a
las 9:00 P.M.
13) Será responsable de permitir el tránsito por la Avenida Monteclaro al personal miembro del Club Monteclaro que reside en la Urbanización
Lomas de Monteclaro solamente en el horario de 8:30
P.M. y 06:00 A.M., siempre que se identifiquen con el carné
de dicho Club.
14) Tomará las acciones pertinentes
para no permitir:
-La permanencia de personal obrero dentro del Conjunto Residencial fuera del horario de labores diarias de lunes a viernes de 8:00 a.m. a
5:00 p.m.
-La permanencia de personal obrero dentro del Conjunto Residencial los sábados, domingos y feriados, así como en horas nocturnas.
-El traslado de personal obrero a pie dentro del Conjunto Residencial.
-Que el personal obrero permanezca fuera de su sitio de trabajo autorizado.
-Que el personal obrero trabaje con ropa
inadecuada (Sin camisa o descalzo).
-Que el personal obrero efectúe ruido
con equipos de sonido, ingiera licor o haga comentarios en
voz alta.
-Que familiares o amigos de los propietarios efectúen tertulias, juegos, desórdenes, consumo de bebidas alcohólicas, escenas amorosas o
ruidos molestos en el área de la propiedad y uso común,
debiendo informar al propietario la novedad ocurrida.
-Que residentes, durante reuniones sociales que realicen en su vivienda, coloquen un volumen de la música más allá del límite tolerable
después de las 12:00 de la noche, debiendo informar al
propietario de la infracción que comete.
-Que vehículos automotores se desplacen a una velocidad superior a los 30 Kilómetros por Hora, debiendo informar al propietario del
vehículo de la infracción que comete.
-Que personas se bañen o pesquen en
las lagunas del Conjunto Residencial.
-Que menores de edad conduzcan vehículos dentro del Conjunto Residencial, debiendo detener el vehículo e informar a los padres
propietarios de la vivienda sobre la infracción que
comete el menor.
15) Será responsable de reportar al Supervisor de Vigilancia aquellos vehículos de contratistas, obreros, empresas prestadoras de servicios,
transporte de materiales en general, que puedan significar cierto peligro para los bienes y la vida de los propietarios del Conjunto
Residencial por carecer de las mínimas normas de seguridad en su funcionamiento, tales como cauchos lisos, sistema de frenos defectuosos,
vehículo con exceso de peso, chatarras rodantes,
etc.
16) Será responsable de controlar que en los bosques del Conjunto Residencial no se enciendan fogatas y no se practique la cacería de
las distintas especies de fauna silvestre. De igual manera, no se corten árboles, ni se realice deforestaciones de vegetación sin la autorización
de la Gerencia de Campo.
17) Será responsable de efectuar el recorrido o rondas a pie o en vehículo por las vías internas del Conjunto Residencial y deberá hacer hincapié en
aquellos sectores considerados de alto riesgo tales como: Planta de Tratamiento, Antena Parabólica, quebrada aledaña a la Avenida la cumbre
sector de la Vivienda Nº 57 (Límite con la Urbanización Lomas de Monteclaro) y la Avenida Monteclaro (Avenida que une la Caseta de Vigilancia
Nº 1 con la Caseta de Vigilancia Nº 2).
En este sentido, las rondas que debe efectuar el Oficial
Jefe de Grupo de Vigilancia se realizarán de acuerdo con las
siguientes instrucciones:
-La Ronda Completa Diurna se realizará a las:
-La Ronda Completa Nocturna se
realizará a las:
-La Ronda Aleatoria se realizará cada vez que el Jefe de Grupo de Vigilancia se desplace dentro del Conjunto residencial en cumplimiento
de sus funciones ordinarias, tales como traslado de Oficiales de Seguridad, verificación del personal obrero, verificación de personal doméstico,
traslado de comida al personal de guardia y acompañamiento a
prestadores de servicio, entre otras.
18) Otras a criterio de la Junta de
Condominio o del Comité de Seguridad.
c.
El Oficial de Seguridad.
Tendrá las siguientes responsabilidades:
1) Será responsable de cumplir en forma estricta el procedimiento para el ingreso de personal y material al Conjunto Residencial, descrito en
las “Normas de Seguridad de Monteclaro Laguna”, así como de otras instrucciones permanentes o transitorias, emanadas de la Junta
de Condominio o del Comité de Seguridad.
2) Deberá dirigirse cortés y
respetuosamente a todas las personas que ingresen o salgan
del Conjunto Residencial.
3) Será responsable de su presentación personal y estará correctamente uniformado con el equipo asignado por el Conjunto Residencial
Monteclaro Laguna.
4) Será responsable de mantener la buena
presentación de limpieza los sitios asignados como son las
Casetas de Vigilancia o Garitas y el dormitorio.
5) Será responsable de mantener una comunicación constante con el Jefe de Grupo para informarle sobre el acceso y permanencia de
personas y vehículos en el Conjunto Residencial, a fin de verificar la información suministrada a su ingreso por la Caseta de Vigilancia o
Garita Nº 2 (Entrada Villas de Monteclaro).
6) Será responsable de no permitir la permanencia de personas ajenas al servicio de vigilancia en el área de su competencia, tales como
personal doméstico, obreros, amigos, familiares
y visitantes, entre otros.
7) Cualquier irregularidad detectada en el servicio deberá ser comunicada de inmediato al Jefe de Grupo de Vigilancia, quien hará las
coordinaciones necesarias que el caso
amerite.
8) Cuando sea designado por el Jefe de Grupo, será responsable de acompañar a empresas prestadoras de servicio y transporte de
materiales hasta la vivienda de los propietarios y
residentes, durante el ingreso y egreso al Conjunto
Residencial.
10) Otras a criterio de la Junta
de Condominio o del Comité de Seguridad.